Estas ayudas se dirigen a cubrir los gastos corrientes de la actividad realizada por las personas trabajadoras autónomas y las microempresas con un máximo de 10 personas trabajadoras.
Cuantía de la subvención:
a) Una cantidad fija de 2000€ por cada autónomo o microempresa con un máximo de 10 personas trabajadoras en los sectores indicados en el Anexo I de la Convocatoria.
b) Una cantidad de 200€ por persona trabajadora afiliada a la seguridad social a fecha 31 de diciembre de 2020 de dichas microempresas o autónomos en los sectores indicados en el Anexo I de está Convocatoria.
Publicació oficial: BOP nº 28, d'11 de febrer de 2021.
Plazo desde el 12 de febrero hasta el 3 de marzo de 2021, ambos inclusive.